El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito actúa bajo la modalidad de un seguro de accidentes personales y cubre la muerte y lesiones corporales que sufran las personas, sean ocupantes o terceros no ocupantes de un vehículo automotor asegurado, como consecuencia de un accidente de tránsito en el que dicho vehículo haya intervenido.
Las compañías de seguros estarán obligadas a atender el pago de las indemnizaciones por cada ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor dentro del plazo de prescripción establecido en el numeral 10 de esta póliza, en base a los montos mínimos establecidos en el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC, los que a continuación se mencionan, salvo que, por acuerdo de las partes contratantes de esta póliza, se acuerden montos de cobertura mayores
LLAMANOS Y TE ENTREGAMOS TU SOAT AL INSTANTE Y DISFRUTA DE LOS BENEFICIOS Y DESCUENTOS QUE NO VERAS EN EL MERCADO POR SER SOCIO DE LA COOPUCSM
No hay comentarios:
Publicar un comentario